El sábado estaba llegando a Ebéjico, un bello municipio a 42 kilómetros de Medellín, para iniciar nuestras típicas correrías de fin de semana; entonces, cuando estaba a punto de bajar del carro, la Juez 30 de Control de Garantías anunció que el expresidente Uribe quedaba en libertad.

Aunque jurídicamente era de esperarse ese resultado, en un proceso tan atropellado, cualquier cosa podía pasar, por eso, fue inevitable la sonrisa, y cuando anuncié la buena nueva a la comunidad que nos esperaba, me conmovió un señor mayor que casi se desmaya y lo único que pudo decir entre lágrimas, fue ¡Uribe está libre!

Ese fue un gran día de gira, en los municipios la sonrisa de todos evidenciaba que se conocía la noticia,  era un rayo de luz después de una larga penumbra, algunos decían, ya tenemos quien nos defienda, porque la verdad era que entre nuestros militantes y simpatizantes se sentía un poco de desesperanza y desamparo con el expresidente Uribe privado de la libertad.

La audiencia de casi trece horas del jueves 8 de octubre dejó claras varias cosas:

 

  1. Que la Ley 600 de 2000 que aplicó la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, no es equiparable a la Ley 906 de 2004 que es de la justicia ordinaria, donde está ahora el proceso. Y, tanto para el Ministerio Público, como para la Fiscalía, pretender equiparar ambas normas ponía en riesgo la seguridad jurídica del sistema procesal penal colombiano.

 

  1. El señor Fiscal Gabriel Jaimesy la Procuradora Delegada María Lourdes Hernández, coincidieron en que no era equiparable ni homologable una audiencia de indagatoria con una de imputación.

 

  1. Para la Procuraduríay la Fiscalía, mantener la privación de la libertad del expresidente Uribe, vulneraba derechos fundamentales como el del debido proceso, pues en Ley 906 debe primero pasar el acusado por la imputación de cargos antes de que un juez de control de garantías determine la privación o no de la libertad del procesado.

 

  1. Aunque la presunta víctima, el exfiscal Montealegre, intentó torpedear y sabotear las audiencias, como quedó demostrado con las más de cinco llamadas de atención de la Juez de Control Garantías, no lo logró; pero dejó en evidencia que más que jurista es un tramitador de odios.

 

  1. La Juez 30 de Control de Garantías en su pronunciamiento insistió en que equiparar la indagatoria y la audiencia de imputación afecta el debido proceso y el proceso mismo. Señaló además que su decisión no era arbitraria ni caprichosa y que la privación de la libertad de una persona en el nuevo sistema (Ley 906) sólo se podía dar después de la imputación de cargos, por decisión de un Juez, a petición del ente acusador.

Gracias a Dios, la orden de libertad emitida por la Juez, es de cumplimiento inmediato e incondicional, por lo que la eventual impugnación o apelación de las víctimas no la afectó; y desde la libertad el expresidente Uribe hizo un primer pronunciamiento esperanzador, donde evidenció las irregularidades del proceso que siguió la Corte; pero más allá de eso, envió un claro mensaje político sobre la necesidad de adelantar un referendo para reducir el Congreso y la burocracia, reformar la justicia, garantizar el ingreso solidario, derogar la JEP y fortalecer el decomiso de droga.

Hoy, como mis conciudadanos de Ebéjico, sonrío con esperanza, porque tenemos de vuelta a la libertad a quien nunca debió perderla, a quien representa el muro de contención del Socialismo en Colombia y la Región,  y eso significa luchar por más seguridad, más empresas, más cohesión social, más educación, más emprendimiento, más remuneración;  frente al odio de clases, más economía fraterna.

Lo que viene es Uribe para rato,  y con él, emprenderemos con ahínco –como siempre- la lucha para defender su honorabilidad y para derogar la JEP, reformar los acuerdos de La Habana y derrotar la impunidad, el narcoterrorismo y el proyecto socialista. Como él mismo lo expresó,“por la defensa de la libertad y la democracia, hasta el fin”.