Por: Margarita Restrepo
 
En nuestro ordenamiento jurídico y en múltiples tratados internacionales, Colombia se ha comprometido a darle una protección especial a los niños. Así, en la Constitución de 1991, quedó consignado que “son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos… Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás”.
Duele e indigna que la corte constitucional haya pisoteado ese precepto en el análisis de exequibilidad que acaba de realizar frente a la ley estatutaria que regula a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.
Cuando en el Congreso debatimos y aprobamos esa norma, fuimos conscientes de que los derechos de los niños, como lo ordena la Constitución, están por encima de los del resto de ciudadanos, razón por la que los crímenes sexuales cometidos en contra de ellos no pueden castigarse con penas alternativas como las que piensa imponer la JEP.
Volvamos al artículo de la Constitución que he citado al comienzo de este artículo. Allí se lee claramente que los niños tienen derecho a una familia y a no ser separados de ella. El reclutamiento forzado de menores es una clara violación de esa norma. Se trata de personas que son sacadas violentamente de sus casas y separadas de sus familias para ser sometidas a toda suerte de vejaciones y abusos, entre ellos, por supuesto, los de tipo sexual, también prohibido en la Constitución.
Los congresistas, en uso de nuestras atribuciones, decidimos que la JEP no tiene competencia para imponer sanciones alternativas a los miembros de grupos armados al margen de la ley que hayan abusado sexualmente de los menores de edad que estaban en sus filas como consecuencia del reclutamiento forzado.
Y la corte constitucional, de manera insospechada con el voto de 8 de sus 9 magistrados, desconoció la voluntad del legislador y pasó por encima de la propia Constitución que le da especial protección a los menores.
No es admisible que aquellos violaron niñas, las embarazaron y las obligaron a abortar, práctica que fue generalizada y sistemática en las Farc, vayan a ser beneficiarios de sanciones alternativas y para muchos risibles como las que va a imponer la JEP.
La impunidad, hemos dicho una y otra vez, es caldo de cultivo para nuevas expresiones de violencia. Los cabecillas de las Farc no han tenido el menor gesto de arrepentimiento. Difícilmente borraremos de nuestra memoria la imagen de Timochenko sonriente, con el puño en alto ingresando a su primera comparecencia ante la JEP.
El cabecilla delas Farc tiene suficientes motivos para estar feliz, empezando porque sabe que no pagará un segundo de cárcel por los crímenes atroces que ordenó y que cometió directamente.
Ahora, se han encargado de reescribir la historia, borrando de ella hechos espantosos que hieren a la sociedad. La justicia no puede ser cómplice de aquello y qué mejor manera de honrar a las víctimas de abusos sexuales que permitir que los responsables de esos execrables actos sean castigados con la severidad que corresponde.
Hacer estos planteamientos no nos convierte en enemigos de la paz. No. Somos amigos de la paz, pero somos más amigos de la defensa de los derechos de los niños.
Existen suficientes ejemplos internacionales respecto del castigo que reciben aquellos que hacen de los abusos sexuales “un arma de guerra”. Cito el caso del bosnio Dragoljub Kunarac, quien fue sentenciado a 28 años de prisión por el tribunal internacional para la antigua Yugoslavia, luego de que se comprobara que él fue responsable de abusos sexuales contra niñas entre 10 y 15 años de edad.
En criterio del jurista Iván Cancino, la decisión adoptada por la corte Constitucional, abre la puerta para la intervención de la corte penal internacional.
Si ese el camino para que haya justicia, bienvenida será la CPI, pues los colombianos no podemos quedarnos cruzados de brazos frente a la impunidad que a los violadores de niños les otorgó el gobierno anterior y que insospechadamente les acaba de ratificar la corte constitucional de nuestro país. Los crímenes atroces –y la esclavitud sexual es uno de ellos- deben ser sancionados con penas efectivas de prisión, tal y como lo contempla el Estatuto de Roma.