Por: Nicolás Pérez

Senador de la República

¿Quiénes se van a beneficiar con la devolución del IVA que se propone en la Reforma Tributaria? ¿Cómo se va a realizar ese procedimiento? ¿Cómo impacta el IVA a las familias de menores y mayores ingresos? ¿Qué criterios se van a utilizar para establecer las personas que se beneficiarán de esta medida? ¿Es el IVA un impuesto regresivo?

Uno de los aspectos más innovadores que se propone en la Reforma Tributaria, también llamada Ley de Crecimiento Económico, es la devolución del IVA a las familias de menores ingresos del País. Esta medida, lejos de ser un acto de populismo, es una reivindicación institucional con los sectores más vulnerables de Colombia que sufren las consecuencias de este impuesto, lo cual, por ejemplo, ya se hace en Uruguay, Ecuador, Argentina, Costa Rica y Canadá.

Como tal, el IVA es un tributo que no consulta la capacidad adquisitiva de la persona. Es decir, no importa si el que está adquiriendo el producto es rico o pobre, dado que ambos tienen que pagar el mismo porcentaje a la hora de comprarlo a pesar que exista una abismal diferencia de ingresos.

Este tipo de impuestos, que se denominan regresivos, tienen una fuerte repercusión en las familias de menores recursos, debido a que significan el 11.5 % de sus ingresos mensuales, mientras que para las personas adineradas este tributo solo implica el 2.2 %. En otras palabras, el IVA lo sufren los pobres y no los ricos.

Siendo esto así, lo siguiente que hay que observar es a quiénes se les debe devolver el IVA. Inicialmente, se podría pensar que ello se ha de hacer a los estratos más bajos. Sin embargo, esta metodología es errónea y puede generar una desviación de recursos.

Me explico: la clasificación por estratos, que solamente existe en Colombia, se limita a examinar las características de la propiedad raíz donde se encuentre la persona. En otras palabras, importan los ladrillos y las columnas por encima de los ingresos reales de las familias. Debido a esto, la devolución del IVA no puede hacerse con estos parámetros, sino que debe realizarse teniendo en cuenta los deciles de la población, los cuales son calculados por el DANE.

En efecto, cada 10 años esa entidad realiza la Encuesta Nacional de Presupuesto de los Hogares, la cual examina todas las variables que inciden en las finanzas de las familias y clasifica el ingreso promedio de los colombianos de 1 a 10, siendo 1 el más bajo y 10 el más alto. Esta clasificación es la que se denomina decil y de acuerdo con el último estudio del DANE, hecho entre 2016 y 2017, en el decil 1 se encuentran las personas que ganan menos de $261 mil pesos mensuales y en el 2 las que perciban hasta $578mil pesos al mes.

Precisamente a estos dos deciles, donde se encuentran aproximadamente 2.8 millones de hogares, es a quienes se les va a devolver el IVA, lo cual se realizará bimensualmente utilizando el censo poblacional que actualmente maneja el Departamento Administrativo de la Prosperidad Social para entregar los auxilios del Sisbén, Familias en Acción y otros programas sociales.

En conclusión, si hay un elemento de la Reforma Tributaria que se debe resaltar es este. La devolución del IVA para una familia de ingresos altos no implicaría otra cosa distinta a la compra de artículos de ocio o lujo, lo cual perfectamente lo pueden hacer en el exterior, situación que disminuiría el dinero que circula en Colombia.
Por el contrario, para un hogar de escasos recursos ese cheque que oscilaría entre los $35 mil y $ 70 mil pesos significaría tener más capital para acceder a bienes y servicios de primera necesidad, todo dentro de nuestra economía nacional.

Ojalá que el Congreso de la República le de el visto bueno a esta propuesta y permita que las medidas económicas que se están adoptando no solamente beneficien a las grandes corporaciones, sino que también mejoren las condiciones de vida de los colombianos que más lo necesitan.