Por: Nicolás Pérez.
Senador de la República.
Después de un mes de estudiar a profundidad el articulado radicado por el Gobierno y las propuestas presentadas por los congresistas, las Comisiones Económicas Conjuntas aprobamos esta semana en primer debate la Ley de Inversión Social. Aunque la columna vertebral del proyecto permaneció intacta, se adoptaron los siguientes cambios para enriquecer el texto.
En primer lugar, sabemos que el incremento del 30% al 35% de la tarifa de renta de las empresas que propone esta ley puede ser bastante difícil de asimilar para los pequeños negocios. Al fin y al cabo, una cosa es que un supermercado de cadena o una multinacional realice un aporte adicional para fortalecer las finanzas públicas y otra muy distinta que un tendero, panadero o peluquero deba sacrificar los recursos que necesita para mantener su local.
Por eso, una de las decisiones que tomamos los ponentes en coordinación con el Ministerio de Hacienda fue ampliar de 80.000 a 100.000 UVT el monto máximo de ingresos que puede tener un negocio al año para acceder al régimen simple. Esto, en otras palabras, significa que las micro y pequeñas empresas del País no deberán asumir la tarifa del 35%, sino que su aporte oscilará entre el 1.8% y el 14.5% dependiendo de las circunstancias de cada una.
Al respecto, recordemos que el régimen simple es una de las innovaciones tributarias más efectivas para promover la formalización y el emprendimiento, dado que con un solo pago se cubre el impuesto de renta, consumo, industria y comercio, ganancia ocasional, avisos y tableros y la sobretasa bomberil. Además, no obliga a las empresas a realizar las retenciones en la fuente para ICA y renta y permite descontar las contribuciones realizadas al régimen de seguridad social. Una verdadera maravilla.
En segundo lugar, se autoriza el pago en efectivo para los días sin IVA. Una medida que les permite al 12.9% de los adultos en Colombia, que no se encuentran bancarizados, acceder a esta jornada de descuentos que alivia la capacidad adquisitiva de los hogares y promueve la reactivación económica. Eso sí, las empresas deberán utilizar facturación electrónica.
En tercer lugar, se amplía la vigencia del subsidio a la nómina para que cubra de mayo de diciembre de 2021 y no de julio a diciembre como inicialmente estaba previsto. Asimismo, se subsidiará el 20% de un salario mínimo para las empresas que hayan sido afectadas por los bloqueos de mayo y junio. Una disposición que beneficiará a 70.000 empleadores y cerca de un millón de trabajadores.
En cuarto lugar, el Gobierno subsidiará el 15% de un salario mínimo de los empleos nuevos que se generen para mujeres mayores de 28 años que perciban hasta tres salarios al mes. Un incentivo que estará vigente hasta agosto de 2023 con el cual esperamos disminuir la alarmante tasa de desempleo femenino que es 7.1 puntos porcentuales mayor que el masculino.
En quinto lugar, se adoptan un conjunto de medidas para facilitar la venta rápida y a buen precio, por un lado, de los bienes que la Nación le ha incautado al narcotráfico y, por otro lado, de aquellos que tienen bajo su poder las entidades públicas y que no están utilizando. Esto permitirá generar un importante flujo de ingresos al Gobierno Nacional con lo cual se evita realizar un alza de impuestos a las personas naturales.
En sexto lugar, y en línea con lo anterior, se faculta a la DIAN para realizar una reducción transitoria de intereses, sanciones y adelantar conciliaciones con los deudores tributarios. Esto, con el fin de recaudar lo más rápido posible los recursos que se le deben al fisco.
En séptimo lugar, se mantienen sin pagar IVA los envíos que llegan al País de hasta USD$200. Sin embargo, esta medida solo aplicará para aquellas mercancías que provengan de naciones con quienes Colombia tenga tratados de libre comercio y se haya comprometido expresamente a no cobrar el impuesto. Con esto se equilibrarán las condiciones tributarias, por ejemplo, con la industria nacional que debe competir con los productos que provienen de China y que se benefician en la actualidad del no pago de este tributo.
Finalmente, en el primer debate se eliminaron las facultades extraordinarias al Presidente para que suprimiera entidades innecesarias. Una decisión desafortunada con la que, personalmente, no estuve de acuerdo, dado que desde el primer día he sido enfático en la necesidad de reducir el derroche burocrático que se heredó de la administración anterior, razón por la que seguiré insistiendo en este tema desde el legislativo.
Con estos cambios, que en su mayoría enriquecieron un texto concertado con los partidos y el sector empresarial, fue aprobada en primer debate la Ley de Inversión Social. Ahora, los coordinadores ponentes seguiremos trabajando para estructurar el articulado que se presentará a las plenarias de Cámara y Senado dentro de un par de semanas.