María del Rosario Guerra
@charoguerra

La crueldad y maldad en contra de nuestros niños parece no tener fin. Los relatos de la prensa sobre los hechos acontecidos en el último mes son escabrosos, por lo que además de producir un inminente rechazo, nos llevan como colombianos a exigir contundencia en la captura y sanción social.

Tres niñas, todas menores de 14 años de edad, fueron objeto de la barbarie y la sevicia de sus victimarios, siendo sometidas a todo tipo de vejámenes sexuales y torturas que terminaron llevándolas a la muerte.

En cada uno de estos execrables casos, ocurridos en Guaviare, Nariño y Meta, respetivamente, existió un común denominador: el ataque sexual. Sí, Zharik Buitrago, Karen García y Ángeles Daniela Parra padecieron la frialdad de sus verdugos sin tener oportunidad de defenderse.

¡Colombia no puede seguir permitiendo estas horribles manifestaciones de maldad!…

Según el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec-, el delito sexual con menor de 14 años es una de las conductas por la que hay más personas purgando condenas en las cárceles del país.

Según la entidad, con corte al pasado mes de mayo, la cifra llegó a 8.042 reclusos; mientras que el delito de acceso carnal, también con menor de 14 años, registra un total de 6.600 presos.

Las cifras son alarmantes. Entre enero y mayo de 2019, el Instituto de Medicina Legal ha practicado 9.242 exámenes médico legales a menores de edad por presunto delito sexual, 7.856 de ellos en niñas, y otros 1.386 en niños.

El panorama en materia de homicidios no es menos preocupante. En el mismo periodo la cifra de menores de edad asesinados fue de 288, de los cuales 61 fueron niñas y 64 niños. En este punto la edad que predomina es de 15 a 17 años con 231 muertes, seguido de 10 a 14 años con 33 muertes.

Estas evidencias demuestran que los ataques contra los niños se han multiplicado, y peor aún, cada vez son más crueles. Esto me llevó a presentar un proyecto de ley ante el Congreso de la República que termina de eliminar todos los beneficios y subrogados penales para los violadores.

Ejemplo de ello es la libertad condicional, que actualmente, y en virtud del artículo 199 del Código de Infancia y Adolescencia, sólo se encuentra excluido cuando las víctimas son menores de edad y no cuando se trata de personas adultas. Este es el proyecto de ley 29 de 2019 Senado.

La iniciativa también contempla que los violadores, no solo de niños sino de cualquier persona, no puedan acceder a redenciones por trabajo, estudio y enseñanza de ninguna índole durante el cumplimiento de la pena que debe ser en centro carcelario.

Si bien endurecer las penas y eliminar los beneficios para los perpetradores del abuso sexual a niños y mujeres no es garantía de que el problema se resuelva, sí asegura justicia para las víctimas de este infame delito. Aquí no podemos ser condescendientes con los que maltratan y abusan de nuestros niños y mujeres.

Solo de esa manera podremos garantizar el derecho que tienen los más pequeños a la vida, a la integridad física, a vivir seguros, a tener buen trato y afecto, y a disfrutar de una familia sin riesgo para su vida.

El artículo 44 de la Constitución es claro al establecer que los derechos de los niños priman por encima de los demás como consecuencia del especial grado de protección que requieren, dadas sus condiciones de vulnerabilidad e indefensión:

“Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por
Colombia”.

Pero ni lo anterior, ni lo previsto en el Código de Infancia y Adolescencia, ni lo contenido en los derechos de los niños a nivel internacional es respetado.

Para los niños, cariño, respeto y cuidado.